Es política pública del estado de California proteger el mejor interés de los niños cuyos padres tienen un caso de custodia o visitación ante la Corte de Familia. A veces, dependiendo de cuestiones de protección y seguridad, el juez puede decidir que para que un hijo pueda tener contacto con uno de sus padres hace falta que haya una tercera parte neutral presente durante la visitación. Este tipo de visitación en presencia de una tercera persona se llama con frecuencia “visitación supervisada”. Un juez puede dar una orden de visitación supervisada por muchas razones, como por ejemplo:
La orden de la Corte indicará el horario y duración de las visitas. A veces la orden de la Corte también especificará quién va a proporcionar los servicios de visitación supervisada y dónde se deberán efectuar las visitas.
La asistente legal Fabiana Cristina Piroyansky tiene un diploma obtenido en la Universidad de Buenos Aires, Argentina (actualmente inactiva). Ha sido la asistente legal del especialista en derecho de familia Charles M. Green durante más de 13 años. Ella se asegura de que todos los clientes sean atendidos y que entiendan completamente todos los aspectos de su caso de divorcio o ley familiar.
e-mail: fabi@greenlawcorp.com
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